Centro Nacional Autónomo de Cinematografía y la FEVAP avanzan en la formalizacion de obras publicitarias exhibidas en RRSS

Prensa MPPC (20/07/2024).- Luego del anuncio efectuado sobre el cumplimiento obligatorio del Registro Cinematográfico para obras publicitarias exhibidas en redes sociales, el Centro Nacional Autónomo de Cinematografia (CNAC), dio un nuevo paso en la ejecución del Artículo 15 de la Ley de la Cinematografia Nacional (LCN) y su reglamento.

En el encuentro sostenido con la junta directiva de la Federación Venezolana de Actividad Publicitaria (FEVAP), Carlos Azpúrua, presidente del CNAC, reiteró su disposición para que gremios, anunciantes, casas productoras y personas naturales, puedan formalizar sus obligaciones tributarias ante la institución “de una manera equilibrada y amable como corresponde”.

Desde el mes de julio la medida comenzó a exigirse como condición indispensable para el material publicitario emitido a través de plataformas como Instagram, YouTube, Tik tok, X y Facebook.

El registro de las obras publicitarias difundidas en redes sociales, tiene su base en la Reforma de la Ley de la Cinematografia Nacional del 2005; donde se establece el carácter obligatorio, tanto para personas naturales como jurídicas.

La norma que reglamenta la actividad en el país, tiene un extenso campo de aplicacion en redes sociales y constituye un reto que el CNAC, espera asumir con el acompañamiento de los gremios y anunciantes del sector. Su aplicación también ha sido objeto de un amplio debate jurídico, que llevo a la consulta previa con un panel importante de expertos en la materia.

El notable crecimiento de la publicidad en redes sociales, las ubican como el principal canal publicitario por volumen de inversión a escala global y su regulacion en Venezuela viene a conciliar la obligacion formal de inscribir en el Registro Cinematográfico, las obras audioviduales publicitarias que se exhiben o comercialicen en el país.

La primera reunión con la FEVAP permitió abrir un espacio para exponer inquitudes del sector en relación a los parametros de aplicacion de la ley y los mecanismos para su formalizacion.

Alberto Chumaceiro, presidente de FEVAP planteó la necesidad de contemplar un periodo de adecuación “ante la solicitud de cumplir con un concepto de exposición en redes sociales que se multiplica ante lo que fue el escenario de la television y el propio cine”.

Para Chumaceiro debe ser considerado el factor económico; pero también el impacto organizativo en las empresas.

Participaron en esta reunión junto al presidente de la federación; Tata López como primera Vicepresidenta; Mirna Esposito segunda Vicepresidenta; Ana Paula de Sousa, Directora Ejecutiva y Tadeo Arrieche, Representante legal de la FEVAP.

Por su parte, Carlos Azpúrua, presidente del CNAC recibió a la delegación, acompañado por el Asesor Jurídico Antonio D’ Jesús quien estuvo presente via web; Paolo Merlini, miembro del Comité Ejecutivo; Evelyn Márquez, Gerente General Estratégica; María Alejandra Sierra, Consultora Jurídica; Claudia Colmenares, Coordinadora del Registro Cinematográfico y Juan Luis Fermín, de la empresa AVIAUDI.

Ley de la Cinematografia Nacional en su Artículo 15

Las personas naturales o jurídicas que en el territorio nacional realicen actividades relacionadas con la creación, producción, importación, exportación, distribución, exhibición y difusión de obras cinematográficas de carácter publicitario o no, así como aquellas asociaciones, fundaciones, centros de cultura, de enseñanza y escuelas que se dediquen al cine; están en la obligación de inscribirse en el Registro de Cinematografía Nacional. Igualmente, deberán inscribirse en este Registro las obras cinematográficas, los videogramas o videocintas y las obras publicitarias o propagandísticas que se comercialicen o exhiban en el país.

En la actualidad el CNAC acompaña la iniciativa que busca la reforma de la Ley de la Cinematografia vigente y promueve su adecuación a los cambios que impactan el sector, incluyendo los avances de la era digital y con ello las redes sociales.

La información y requisitos pueden ser solicitada a través del correo electrónico: registrocinematografico@gmail.com.

 

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